Las redes sociales vs. Texas y la Florida
Publicado en El País de Cali el 5 de Marzo del 2024
La semana pasada, la Corte Suprema de los Estados Unidos, en audiencia oral, escuchó argumentos en un caso que podría tener repercusiones mundiales relacionadas con la regulación de contenidos en las redes sociales. Todo inició cuando, posterior a los ataques contra el Capitolio estadounidense, el 6 enero del 2021, se forjó en el seno del movimiento conservador una noción de que las empresas propietarias de las redes sociales tenían un sesgo marcado en su contra y buscaban censurarlos. Esta creencia derivó en la formulación de dos leyes, una en la Florida y otra en Texas, que buscan limitar el poder que tienen estas compañías de moderar el contenido que sus usuarios publican en sus plataformas.
La ley HB20, aprobada en Texas, restringe la facultad de plataformas como Facebook, X (antes Twitter) y similares, de moderar o remover contenido basado en el punto de vista de sus usuarios. Adicionalmente, la ley obligaría a las plataformas de redes sociales que tengan más de 50 millones de usuarios a publicar información de cómo y cuándo están moderando el contenido y crear procesos para que los usuarios puedan apelar estas decisiones. La ley es tan general que permitiría a los usuarios publicar deepfakes (contenidos, imágenes o videos falsificados creados generalmente con inteligencia artificial), teorías conspirativas o propaganda extremista (inclusive Nazi) en las redes, sin que estas puedan moderar el contenido, bajarlo, o hacer aclaraciones.
La ley de la Florida va más allá, pues esta prohíbe a estas compañías ‘censurar’, remover o restringir, a candidatos políticos y a ciertos medios de comunicación. Igualmente, esta ley limita el poder de las compañías de redes sociales de moderar contenidos que sean considerados como desinformación (información falsa creada intencionalmente para afectar a personas, grupos, entidades, etc.), misinformación (información errónea o falsa publicada sin intención de causar daños) o mal-información (información basada en algo real, pero utilizada en contra de alguien), haciendo que no puedan siquiera advertir a los usuarios que el contenido publicado debe ser verificado con fuentes oficiales. En otras palabras, la ley permitiría la proliferación de contenido falso e incluso extremista en redes sociales sin ninguna capacidad por parte de las plataformas de contrarrestarlo.
La Corte se enfrenta a dos grandes interrogantes. Primero, ¿se pueden equiparar las plataformas de redes sociales con la prensa tradicional, que ostenta el poder de imponer una línea editorial para sus medios? De ser así, estas compañías podrían definir unas reglas para moderar el discurso y tendrían la potestad de impedir al usuario que siga publicando en la plataforma. Los Estados de Texas y la Florida argumentan que estas compañías no tienen ese ‘poder editorial’ dado que la opinión del usuario no compromete a la red social como compañía, solo al usuario que publica su opinión.
La segunda arista que debe considerar la Corte Suprema es si estas leyes de Texas y la Florida son inconstitucionales. En Estado Unidos, la Corte tiene una extensa jurisprudencia que declara a las empresas como sujetos que tienen derecho a la libertad de expresión, bajo la Primera Enmienda de la Constitución. Esta enmienda declara que el congreso no podrá hacer leyes que limiten la libertad de expresión. Y, teniendo en cuenta que estas leyes buscan obligar a las plataformas a mantener contenido con el cual no coinciden, expertos afirman que las leyes de la Florida y Texas estarían violando esta enmienda.
Por ahora las leyes, que ya se aprobaron, no están siendo ejercidas hasta que la Corte Suprema dé su veredicto. Según expertos, en esta ronda de argumentos orales, varios miembros de la Corte Suprema se mostraron escépticos ante la posibilidad de entregar el poder de moderación en las redes sociales al Estado. No obstante, esta decisión y la discusión que se avecina, serán fundamentales para determinar si la moderación del contenido en redes sociales es potestad del Estado o de las empresas privadas.
MARIO CARVAJAL CABAL
Consultor Senior de Asuntos Públicos para IDDEA Comunicaciones
Twitter: @Mariocarvajal9C